El régimen de sesiones para los Plenos Ordinarios es bimensual, a celebrar el último viernes de cada mes impar a las 19:00 H. Por tanto, las sesiones ordinarias se llevan a cabo en los meses de Enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.

El régimen de sesiones para los Plenos Ordinarios es bimensual, a celebrar el último viernes de cada mes impar a las 19:00 H. Por tanto, las sesiones ordinarias se llevan a cabo en los meses de Enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.