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ANUNCIO

Por el presente se hace público para general conocimiento que, por esta Concejalía Delegada de Cementerio, se ha dictado con esta fecha, la siguiente resolución:

“Ante la situación derivada del escenario de Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional declarada por la Organización Mundial de la Salud, a consecuencia de un brote por nuevo coronavirus (SARS-CoV-2) que da lugar al COVID -19, se ha exigido la adopción por parte de las autoridades de salud pública de un conjunto de medidas extraordinarias dirigidas a la población general.

Considerando el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE nº 67 de 14 de marzo de 2020).

Resultando que, al objeto de contribuir a la contención de la pandemia, por esta Concejalía se dictó, con fecha 17 de marzo de 2020, la Resolución nº. 154, por la que se limitaba el acceso y uso del Cementerio y Velatorio Municipal, durante el periodo de vigencia de la declaración de Alarma.

Vista la Orden DND/298/2020 de 29 de marzo, del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres, para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19.

Considerando que, en el ámbito las competencias que tiene atribuidas el Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo, el alcalde tiene la condición de autoridad sanitaria, a los efectos de adoptar las medidas preventivas previstas en los preceptos citados en los fundamentos precedentes. Así lo establece el artículo 28 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, dispone que «En el ámbito de sus respectivas competencias, tienen el carácter de autoridad sanitaria, a todos los efectos, el Gobierno de Canarias, el Consejero competente en materia de sanidad, los Presidentes de los Cabildos y los Alcaldes, así como los agentes de cualesquiera de las Administraciones sanitarias que cumplan funciones de inspección sanitaria.»

Vista la delegación especial de competencias en materia de Cementerio y Servicios Funerarios, efectuada por el Sr. Alcalde-Presidente, mediante resolución nº. 255, de fecha 4 de julio de 2019 y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21. de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el art. 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales

RESUELVO:

PRIMERO.- Dejar sin efecto las medidas adoptadas por Resolución de esta Concejalía nº. 154, de fecha 17 de marzo de 2020.

SEGUNDO.- Establecer las siguientes medidas específicas, en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19.

1. Se prohíben los velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, así como en los domicilios particulares.
2. En el caso de fallecidos por el COVID-19, no se podrán realizar prácticas de tanatoestética, intervención de tanatopraxia, ni intervenciones por motivos religiosos que impliquen procedimientos invasivos en el cadáver.
3. Se pospondrá la celebración de cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres hasta la finalización del estado de alarma, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el párrafo siguiente:
La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida, se restringe a un máximo de tres familiares o allegados, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios o de despedida del difunto. En todo caso, se deberá respetar siempre la distancia de uno a dos metros entre ellos.

TERCERO.– Recordar a la población que, estas medidas tienen como fin minimizar las situaciones de riesgo, reducir la propagación del virus y proteger a los ciudadanos, en especial a las personas más vulnerables, y que mantendrán su vigencia hasta la finalización de la declaración del estado de alarma y las prórrogas del mismo

CUARTO.- Trasladar a la ciudadanía que, es de suma importancia actuar con responsabilidad y respetar las recomendaciones de las autoridades sanitarias, para que entre todos podamos contribuir a contener la enfermedad y evitar el colapso del sistema sanitario.

En la Villa de La Matanza de Acentejo a 30 de marzo de 2020.
El Concejal Delegado de Cementerio
Miguel Ángel Pérez Pío